FACTURA DIGITAL
Una factura digital se define
como el documento que incluye una descripción de costos de determinados
servicios, así como un desglose de los impuestos correspondientes.
Aunque la definición anterior se apega también a la factura que ya conocemos, la principal diferencia entre esta y la factura digital esta explicita en su nombre factura digital. Es básicamente el mismo principio en cuanto al documento, solo que esta vez se reemplaza las facturas tradicionales en papel por un documento en digital.
Aunque la definición anterior se apega también a la factura que ya conocemos, la principal diferencia entre esta y la factura digital esta explicita en su nombre factura digital. Es básicamente el mismo principio en cuanto al documento, solo que esta vez se reemplaza las facturas tradicionales en papel por un documento en digital.
Según las disposiciones legales sustituye
no solo al documento en papel, sino también a todo lo que una factura legal
implica, como la autenticidad de su origen y la integridad de los datos.
FIRMA ELECTRONICA AVANZADA (FIEL)
Una FIEL es un conjunto de datos que permite a
una persona física o moral (organización, empresa, etc.) identificarse, y es
esta persona física o moral quien hará valida dicha firma. La firma se crea por
medios electrónicos, mediante sistemas computacionales y tiene los mismos
efectos jurídicos que la firma autógrafa.
Fundamento
legal: el Artículo 2, fracción XIII, de la Ley de FIEL, vigente a partir
del 04-07-2012 de acuerdo a Ley publicada el 11 de enero del 2012.
Según el Servicio de Administración Tributaria
(SAT) la Fiel se conforma de una clave privada, un certificado
y una contraseña de acceso, teniendo
el mismo peso jurídico que una firma autógrafa.
Todos los contribuyentes que deban presentar declaraciones periódicas o
que deban expedir comprobantes, deberán acudir al Servicio de Administración
Tributaria a solicitar el certificado de Fiel.
Es importante mencionar que
estamos hablando de un trámite y por
consiguiente, la FIEL es el resultado de este trámite.
REFERENCIAS